{"id":641,"date":"2024-04-13T12:45:11","date_gmt":"2024-04-13T12:45:11","guid":{"rendered":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/?p=641"},"modified":"2024-05-31T17:09:03","modified_gmt":"2024-05-31T17:09:03","slug":"los-atentados-a-la-embajada-de-israel-y-a-la-amia-fueron-ordenados-por-iran-y-ejecutados-por-hezbollah","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/2024\/04\/13\/los-atentados-a-la-embajada-de-israel-y-a-la-amia-fueron-ordenados-por-iran-y-ejecutados-por-hezbollah\/","title":{"rendered":"LOS ATENTADOS A LA EMBAJADA DE ISRAEL Y A LA AMIA FUERON ORDENADOS POR IR\u00c1N Y EJECUTADOS POR HEZBOLLAH"},"content":{"rendered":"\n<p>La decisi\u00f3n fue adoptada por Casaci\u00f3n, que dict\u00f3 sentencia definitiva en la causa que investig\u00f3 el ataque a la mutual jud\u00eda. En otro fallo paralelo, tambi\u00e9n revis\u00f3 el expediente por las irregularidades en la investigaci\u00f3n y modific\u00f3 condenas<\/p>\n\n\n\n<p>La C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal sentenci\u00f3 este jueves que el ataque contra la embajada de Israel en marzo de 1992 y la bomba que hizo explotar la sede de la AMIA el 18 de julio de 1994 &#8220;respondieron a un designio pol\u00edtico y estrat\u00e9gico&#8221; de la Rep\u00fablica Isl\u00e1mica de Ir\u00e1n y ambos atentados fueron ejecutados por la organizaci\u00f3n terrorista Hezbollah. El fallo sostuvo adem\u00e1s que la voladura de la AMIA fue un crimen de &#8220;lesa humanidad&#8221; y abri\u00f3 la puerta para que la Argentina demande formalmente a Ir\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata de una resoluci\u00f3n clave en el marco de la causa AMIA, cuyo atentado cumplir\u00e1 30 a\u00f1os. La sentencia -dictada por los jueces Carlos Mahiques, Diego Barroetave\u00f1a y Angela Ledesma- incluye una trascendente definici\u00f3n sobre el derecho a la verdad de las v\u00edctimas y sus familiares, y la posibilidad de que demanden a los responsables, entre ellos, al Estado Isl\u00e1mico de Ir\u00e1n, indicaron a Infobae fuentes judiciales. Y en su voto, el juez Mahiques sugiere que ese reclamo podr\u00eda ser emprendido por Argentina, por v\u00eda diplom\u00e1tica, a trav\u00e9s de un tribunal arbitral o incluso por la Corte Internacional de Justicia, el principal \u00f3rgano judicial de las Naciones Unidas.<\/p>\n\n\n\n<p>Es que Casaci\u00f3n se pronunci\u00f3 as\u00ed sobre los alcances del delito terrorista internacional yihadista, y establece que el ataque a la AMIA fue organizado, planificado, financiado y ejecutado por integrantes de organizaciones que reportan org\u00e1nica, funcional e ideol\u00f3gicamente a un Estado (como es el caso de Hezbollah).<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia contiene una fuerte exhortaci\u00f3n a los jueces a cargo de las causas conexas que todav\u00eda contin\u00faan en tr\u00e1mite y que se vinculan de diferente manera con el atentado a que se avance con mayor celeridad. Pero tambi\u00e9n a los poderes ejecutivo y legislativo para que definan a la brevedad pol\u00edticas p\u00fablicas en relaci\u00f3n a la instauraci\u00f3n del proceso en ausencia, la creaci\u00f3n de agencias federales de investigaci\u00f3n para delitos complejos como el terrorismo, la modernizaci\u00f3n y dotaci\u00f3n de mayores recursos en el proceso de sistematizaci\u00f3n y conocimiento de la documentaci\u00f3n de inteligencia que fue desclasificada y que, a casi treinta a\u00f1os de cometido el atentado, a\u00fan no ha concluido.<\/p>\n\n\n\n<p>El pronunciamiento se hizo en el marco de la revisi\u00f3n de la absoluci\u00f3n de Carlos Telleld\u00edn, el reducidor de autos que se convirti\u00f3 en el primer detenido en la causa. Casaci\u00f3n ratific\u00f3 esa decisi\u00f3n, al sostener que la camioneta que Telleld\u00edn vendi\u00f3 no fue la que se us\u00f3 como &#8220;coche-bomba y no se cuenta con pruebas suficientes que lo vinculen con su armado&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>En otro fallo conexo, Casaci\u00f3n tambi\u00e9n confirm\u00f3 la mayor\u00eda de las condenas por las graves irregularidades cometidas al inicio de la investigaci\u00f3n, aunque modific\u00f3 las penas en algunos casos y en otros el delito investigado. El ex juez Galeano qued\u00f3 condenado a cuatro a\u00f1os, mientras que la sentencia para los ex fiscales Eamon M\u00fcllen y Jos\u00e9 Barbaccia qued\u00f3 en dos a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n de Casaci\u00f3n para dar una sentencia sobre el origen del brutal atentado terrorista impacta en el escenario pol\u00edtico y jur\u00eddico mundial. La Corte Interamericana de Derechos Humanos analiza desde el a\u00f1o pasado si la Argentina es condenada por falta de justicia en el atentado contra la AMIA, en un reclamo abierto por Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la agrupaci\u00f3n de familiares Memoria Activa.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El atentado<\/h2>\n\n\n\n<p>El 17 de marzo de 1992, la Argentina fue epicentro de un primer atentado. A las 14:47 vol\u00f3 el edificio de la calle Arroyo 916 donde funcionaba la sede de la Embajada de Israel. La Polic\u00eda inform\u00f3 inicialmente de 29 muertos, pero en la causa pudieron confirmarse 22 fallecidos: nueve empleados y funcionarios de la Embajada, tres alba\u00f1iles y dos plomeros, un taxista y tres peatones, un sacerdote de una iglesia vecina y tres ancianos que se alojaban en una residencia a pocos metros. Sus nombres quedaron retratados en una placa en la plaza seca que se levant\u00f3 en el lugar del ataque. La causa es instruida por la Corte Suprema de Justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>Dos a\u00f1os despu\u00e9s, el 18 de julio de 1994, a las 9:53, un coche bomba subi\u00f3 a la vereda e impact\u00f3 contra el frente del edificio de la AMIA, en Pasteur 633. La camioneta Trafic llevaba en el furg\u00f3n, entre los asientos y el buche de las ruedas traseras, una combinaci\u00f3n de nitrato de amonio -con el agregado para potenciar el nivel de destrucci\u00f3n de aluminio-, un hidrocarburo pesado, trinitrotolueno (T.N.T.) y nitroglicerina. La carga explosiva fue similar a unos 300 o 400 kilos de TNT. El atentado mat\u00f3 a 85 personas.<\/p>\n\n\n\n<p>Los jueces de Casaci\u00f3n se dedicaron a analizar de manera integral la causa por el atentado a la AMIA. Fue cuando revisaron la absoluci\u00f3n dictada por segunda vez a Carlos Telleld\u00edn, el primer detenido por la causa. M\u00e1s all\u00e1 de ratificar que no hab\u00eda pruebas para corroborar que la camioneta bomba utilizada hubiera pasado por sus manos, lo sustancial del fallo de unas 800 p\u00e1ginas es que desgrana el contexto geopol\u00edtico e internacional de aquel momento.<\/p>\n\n\n\n<p>Mahiques, quien lider\u00f3 el acuerdo y cont\u00f3 con la adhesi\u00f3n de sus colegas, concluy\u00f3 que los ataques -embajada y AMIA- respondieron a un designio pol\u00edtico y estrat\u00e9gico de la Rep\u00fablica Isl\u00e1mica de Ir\u00e1n, y fueron ejecutados por la organizaci\u00f3n terrorista Hezbollah que actu\u00f3 bajo la inspiraci\u00f3n, organizaci\u00f3n, planificaci\u00f3n y financiamiento de organismos estatales y paraestatales subordinados al gobierno de los ayatollahs.<\/p>\n\n\n\n<p>En uno de los cap\u00edtulos del fallo llamado el &#8220;porqu\u00e9 del c\u00f3mo&#8221;, Mahiques precis\u00f3 los motivos por los que Argentina fue seleccionada como blanco de esos ataques terroristas. Y determin\u00f3 que la raz\u00f3n de que Argentina quedara en la mira de los terroristas para el ataque fue &#8220;la decisi\u00f3n unilateral del gobierno de cancelar tres contratos de provisi\u00f3n de material y de tecnolog\u00eda nuclear acordados con Ir\u00e1n, como consecuencia de un giro de la pol\u00edtica exterior operado entre fines de 1991 y mediados de 1992\u2033.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan sostuvo, la r\u00e9plica del estado iran\u00ed frente a lo que consider\u00f3 un intolerable incumplimiento argentino fue la decisi\u00f3n de planificar y ejecutar actos terroristas con explosivos dirigidos contra objetivos jud\u00edos y estadounidenses como una forma extrema de presi\u00f3n para que Argentina revirtiera por fuerza de la coacci\u00f3n, su decisi\u00f3n de cancelar esos acuerdos.<\/p>\n\n\n\n<p>La causa identific\u00f3 a los funcionarios y agentes iran\u00edes y libaneses que intervinieron en el ataque terrorista a la sede de la AMIA, y a casi tres d\u00e9cadas de ese cruento acontecimiento que le cost\u00f3 la vida a 85 personas, concluy\u00f3 que son diversas y s\u00f3lidas las pruebas que confirman la responsabilidad que tuvieron Hezbollah y las m\u00e1ximas autoridades del gobierno iran\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>La Justicia argentina sostiene que los funcionarios iran\u00edes considerados responsables de decidir, planificar y ejecutar el ataque fueron: Al\u00ed Akbar Hashemi Bahramaie Rafsanjani (a la \u00e9poca de los hechos presidente de la Rep\u00fablica Isl\u00e1mica de Ir\u00e1n), Al\u00ed Fallahijan (por entonces Ministro de Informaci\u00f3n iran\u00ed), Al\u00ed Akbar Velayati (en aquel tiempo Ministro de Relaciones Exteriores de la naci\u00f3n persa), Mohsen Rezai (por entonces a cargo del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria &#8220;Pasdaran&#8221;), Ahmad Vahidi (en aquella \u00e9poca a cargo de la fuerza de elite &#8220;Al Quds&#8221; perteneciente a la Guardia Revolucionaria), Mohsen Rabbani (al tiempo de los hechos Consejero Cultural de la Embajada iran\u00ed en Argentina), Ahmad Reza Asghari o Mohsen Randjbaran (en aquel entonces Tercer Secretario de la representaci\u00f3n diplom\u00e1tica iran\u00ed en Argentina), y Hadi Soleimanpour (por entonces Embajador de la Rep\u00fablica Isl\u00e1mica de Ir\u00e1n en Buenos Aires).<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n figura Imad Fayez Moughnieh, quien estaba a cargo del Servicio Exterior de la agrupaci\u00f3n terrorista libanesa y acusado de dirigir el grupo que atac\u00f3 la sede de la mutual jud\u00eda en Buenos Aires. Seg\u00fan se pudo establecer, ya falleci\u00f3 al igual que el ex presidente Rafsanjani y por lo tanto se orden\u00f3 sus respectivos sobreseimientos.<\/p>\n\n\n\n<p>A esa lista se sumaron en 2023 otros cuatro sospechosos, en base a informaci\u00f3n judicial trabajada con Brasil, pedida por el fiscal de la UFI AMIA Sebasti\u00e1n Basso y el juez Daniel Rafecas: se trata de Hussein Mounir Mouzannar, Al\u00ed Hussein Abdallah, Farouk Abdul Hay Omairi y a Abdallah Salman (alias) Jos\u00e9 El Reda.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Lesa humanidad<\/h2>\n\n\n\n<p>Los tres jueces de Casaci\u00f3n que revisaron este fallo reafirmaron que el atentado debe calificarse como crimen de lesa humanidad. Todos los hechos, incluidos los denominados &#8220;conexos&#8221; fueron igualmente declarados imprescriptibles ya que estuvieron vinculados de un modo u otro con la desviaci\u00f3n del curso de la investigaci\u00f3n que impidi\u00f3, o demor\u00f3 su avance y la obtenci\u00f3n de resultados satisfactorios.<\/p>\n\n\n\n<p>En el fallo se estableci\u00f3 que para un completo esclarecimiento de lo sucedido resulta fundamental acceder acabadamente al contenido de la documentaci\u00f3n producida por dependencias del Estado, como la ex SIDE. Para ello, el m\u00e1ximo tribunal penal del pa\u00eds inst\u00f3 a desclasificar, digitalizar, sistematizar y compulsar la informaci\u00f3n de los archivos secretos, &#8220;cuyo volumen alcanzar\u00eda un metraje equivalente a 20 cuadras&#8221;. A su vez, inst\u00f3 a que se activen e intensifiquen los canales diplom\u00e1ticos para reunir la informaci\u00f3n que los servicios de inteligencia extranjeros conservan relativas al brutal atentado.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan se sostuvo, el terrorismo es organizado, planificado, auspiciado, financiado o apoyado por un Estado, y sus acciones trascienden las fronteras del pa\u00eds responsable de esos cr\u00edmenes, asume una responsabilidad internacional, a\u00fan cuando el acto terrorista haya sido cometido por un grupo no formalmente estatal pero que act\u00faa bajo el control o direcci\u00f3n de aquel (como es el caso de la relaci\u00f3n entre Hezbollah y la Rep\u00fablica Isl\u00e1mica de Ir\u00e1n).<\/p>\n\n\n\n<p>Y advirti\u00f3 que la responsabilidad internacional deber\u00eda recaer igualmente sobre el mismo Estado que podr\u00eda ser calificado como &#8220;terrorista&#8221;, lo cual implicar\u00eda la obligaci\u00f3n de reparar \u00edntegramente el da\u00f1o causado, moral y material, abriendo a las v\u00edctimas y damnificados una v\u00eda de reclamo ante tribunales internacionales. De ah\u00ed la puerta que se abre para el reclamo directo de las v\u00edctimas al propio Ir\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La causa por las irregularidades: 4 a\u00f1os de prisi\u00f3n para Galeano; 2 a\u00f1os para los ex fiscales<\/h2>\n\n\n\n<p>En otra resoluci\u00f3n paralela, Casaci\u00f3n reafirm\u00f3 la responsabilidad del ex juez Juan Jos\u00e9 Galeano, del ex director de la SIDE, Hugo Alfredo Anzorreguy, del ex subdirector de Contrainteligencia de esa secretar\u00eda, Patricio Miguel Finnen, y del primer imputado en la causa, Carlos Telleld\u00edn, en la sustracci\u00f3n de los fondos reservados de la Secretar\u00eda de Inteligencia del Estado por 400 mil d\u00f3lares.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata del dinero que se le entreg\u00f3 al entonces \u00fanico detenido, a dos a\u00f1os del atentado, previo a una declaraci\u00f3n en la causa principal en la que acus\u00f3 a un grupo de polic\u00edas bonaerenses que despu\u00e9s fueron absueltos. En el primer juicio oral el tribunal oral habl\u00f3 de un pago &#8220;espurio e ilegal&#8221; que hac\u00eda caer toda la causa, desde ese momento, por la doctrina del fruto del \u00e1rbol envenenado.<\/p>\n\n\n\n<p>Galeano fue el primer juez que tuvo la causa hasta que en diciembre de 2003 fue apartado. En agosto de 2005 fue destituido del cargo en un juicio pol\u00edtico por su mal desempe\u00f1o en el expediente. Cristina Kirchner, entonces senadora, hab\u00eda sido parte de la comisi\u00f3n bicameral que revisaba las investigaciones por los atentados terroristas Embajada y AMIA, y fue una de las principales detractoras de Galeano. Memoria Activa, una de las agrupaciones de familiares de v\u00edctimas, impulsaba su destituci\u00f3n y enjuiciamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>El juicio por el encubrimiento comenz\u00f3 en 2015. El veredicto se dict\u00f3 el 28 de febrero de 2019. De los 13 acusados sentados en el banquillo, cinco fueron absueltos. All\u00ed encabez\u00f3 la lista el ex presidente Carlos Menem, fallecido el 14 de febrero del 2020; y el ex titular de la DAIA Rub\u00e9n Beraja.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;El expresidente Carlos Menem durante la lectura del veredicto en el juicio por el presunto encubrimiento del atentado a la AMIA. (archivo Foto NA: DANIEL VIDES)<br>En cambio, el Tribunal Oral Federal 2 conden\u00f3 a Galeano a seis a\u00f1os de prisi\u00f3n. Tambi\u00e9n fueron condenados a cuatro a\u00f1os y medio de prisi\u00f3n Hugo Anzorreguy, el ex jefe de la SIDE, y a tres a\u00f1os Juan Carlos Anchezar, otro de los ex esp\u00edas. La condena incluy\u00f3 a los ex fiscales Eamon Mullen y Jos\u00e9 Barbaccia -ambos a dos a\u00f1os de prisi\u00f3n-; junto al reducidor de autos Carlos Telleld\u00edn, a tres a\u00f1os y seis meses, y su entonces pareja, Ana Mar\u00eda Boragni, a dos a\u00f1os. El \u00faltimo de los sentenciados fue el ex jefe policial Carlos Casta\u00f1eda, condenado a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n. Casta\u00f1eda ya hab\u00eda enfrentado otro juicio tambi\u00e9n por la destrucci\u00f3n y el robo de pruebas al inicio de la investigaci\u00f3n. Victor Stinfale, entonces abogado de Telleld\u00edn, fue absuelto.<\/p>\n\n\n\n<p>Apelaciones mediante, los jueces de Casaci\u00f3n revisaron esa sentencia: al ex juez federal Galeano se le dict\u00f3 condena a 4 a\u00f1os de prisi\u00f3n por el dictado de resoluciones que conten\u00edan hechos y pruebas falsas y que conllevaron a la detenci\u00f3n ileg\u00edtima de los ex polic\u00edas bonaerenses.<\/p>\n\n\n\n<p>A los ex fiscales Jos\u00e9 Carlos Barbaccia y Eamon Gabriel M\u00fcllen (que hab\u00edan sido sancionados por el tribunal de juicio por no denunciar el pago ilegal a Telleld\u00edn) se les modific\u00f3 la calificaci\u00f3n de los hechos y se los conden\u00f3 a dos a\u00f1os de prisi\u00f3n en suspenso como part\u00edcipes secundarios de las privaciones ileg\u00edtimas de la libertad de los ex agentes policiales ordenadas ilegalmente por Galeano.<\/p>\n\n\n\n<p>Los camaristas Mahiques, Ledesma y Barroetave\u00f1a coincidieron en tener por demostrada la participaci\u00f3n secundaria de los ex fiscales por no haber controlado la legalidad del proceso y contribuir a favorecer y mantener las privaciones de la libertad sufridas por los ex polic\u00edas bonaerenses.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, revoc\u00f3 la condena de Ana Mar\u00eda Boragni (ex pareja de Telleld\u00edn) y se la absolvi\u00f3. Y se confirm\u00f3 las absoluciones dictadas en favor de V\u00edctor Alejandro Stinfale (ex abogado de Telleld\u00edn) y Rub\u00e9n Ezra Beraja.<\/p>\n\n\n\n<p>Por mayor\u00eda, adem\u00e1s, el tribunal tambi\u00e9n decidi\u00f3 ratificar las absoluciones por la llamada pista siria, rechazando los planteos de la fiscal\u00eda y las querellas. Se trata de los hechos vinculados con el presunto encubrimiento de Alberto Jacinto Kanoore Edul, sindicado como uno de los sospechosos del atentado. Por dos votos a uno, el tribunal resolvi\u00f3 absolver a Galeano, Anzorreguy, Juan Carlos Anch\u00e9zar y Carlos Alberto Casta\u00f1eda. El fallo afirm\u00f3 que no solo no se demostr\u00f3 que Galeano conociera, en ese momento, la vinculaci\u00f3n familiar entre Kanoore Edul y el entonces presidente Carlos Sa\u00fal Menem , sino que tampoco se prob\u00f3 que sus decisiones en el transcurso de la investigaci\u00f3n se orientaran a beneficiarlo.<\/p>\n\n\n\n<p>En una tercera causa, los secretarios judiciales de Galeano Susana Spina y Javier De Gamas Soler fueron desvinculados del proceso ya que no se pudo probar que tuviesen conocimiento de los delitos cometidos por sus superiores.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La decisi\u00f3n fue adoptada por Casaci\u00f3n, que dict\u00f3 sentencia definitiva en la causa que investig\u00f3<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":642,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-641","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-uncategorized"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/641","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=641"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/641\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":643,"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/641\/revisions\/643"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/642"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=641"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=641"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/eventoscorrientes.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=641"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}